Garaje en Valencia, Calle Fray Jacinto Castañeda nº 2 Comienza la Puja con el ultimo valor registrado antes de las 12:00 del 2-2-2024

Oferta Ganadora:  10.603,00

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Condición del artículo: Usado

Subasta del garaje en Valencia, Calle Fray Jacinto Castañeda nº 2

DESCRIPCIÓN:

URBANA: NÚMERO DIECISIETE.- PLAZA DE APARCAMIENTO NÚMERO DOS, destinada a vehículo turismo, situada en la PRIMERA PLANTA DE SÓTANO. Se halla sin cerrar y únicamente demarcada con rayas pintadas en el suelo. Tiene unas dimensiones perimetrales de 2’20 metros por 4’50 metros, y una superficie construida de nueve metros y noventa decímetros cuadrados (9,90). Tiene acceso rodado desde la Calle Fray Jacinto Castañeda, a través de un ascensor hidráulico, y para peatones desde la escalera y ascensor comunes a todo el edificio. Linda: frente, zona de acceso y espacio de maniobra; fondo, el general del edificio; derecha, plaza de aparcamiento número tres; e izquierda, plaza de aparcamiento número uno.

Cuota de participación: 0’79%.

INTEGRACIÓN.- Forma parte integrante del edificio situado en esta ciudad de Valencia, Calle Fray Jacinto Castañeda, número dos, esquina a la Calle de Pedro Aleixandre, número treinta y dos.

INSCRIPCIÓN.- La finca consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Valencia Nº 4, al tomo 1.736, libro 777, folio 94, finca número 62.444 de la Sección Tercera de Ruzafa, inscripción 8ª.

REFERENCIA CATASTRAL.- Es la siguiente: 6912203YJ2771C0015YP.

CARGAS.- La finca descrita está gravada con determinadas afecciones fiscales, y con las siguientes cargas:

a) Anotación de Embargo Administrativo a favor de la HACIENDA PÚBLICA por la suma de ciento diez mil novecientos cuatro euros y veintiocho céntimos (904,28 €) de principal más dieciséis mil ochocientos veintiocho euros y setenta y ocho céntimos (16.828,78 €) por intereses y costas.

b) Anotación de Embargo Administrativo a favor de la HACIENDA PÚBLICA, por la cantidad de catorce mil ciento cincuenta y cinco euros y sesenta y cinco céntimos (155,65 €) de principal, más siete mil quinientos sesenta y tres euros y catorce céntimos (7.563,14 €).

c) Existe una deuda con la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en Valencia, San Jacinto Castañeda número 2, que asciende, a fecha 12 de diciembre de 2023 a CUATRO MIL QUINIENTOS CINCO EUROS Y OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (4.505,84).

IMPUESTOS.- No está al corriente en el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), estando pendiente de pago el referido impuesto correspondiente al año en curso, ascendiendo el débito por este concepto a día de hoy a la suma de SETENTA Y TRES EUROS Y NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (73,97).

Trae causa de la presente subasta, el acta de subasta autorizada por el Notario de Valencia, D. César Belda Casanova, el día 21 de diciembre de 2023, con el nº 2.427 de orden de su protocolo.

Las condiciones de la subasta establecidas en el acta son las siguientes:

1.- La subasta será electrónica, y se llevará a cabo en el portal de subastas electrónico de la Notaría, identificado como www.notariacesarbelda.com, cuya titularidad pertenece al Notario autorizante del acta.

2.- La subasta comenzará a las 12:00 horas del día 29 de diciembre de 2023, y finalizará a las 18:00 horas del día 29 de enero de 2024, respectivamente.

3.- Para poder participar en la subasta, el ofertante deberá de registrarse previamente en el portal de subastas electrónico citado, www.notariacesarbelda.com, informando todos y cada uno de los datos que le serán solicitados en el procedimiento de registro.

4.- Una vez abierta la subasta solamente se podrán realizar pujas electrónicas durante el plazo de duración de la misma, antes indicado.

La subasta lo es sin sujeción a tipo, a los efectos de seguir el cauce establecido para la venta de bienes afectos al crédito con privilegio especial.

5.-La venta en subasta pública del bien se realizará en todo caso en el estado de libre de cargas, gravámenes, y arrendatarios, como cuerpo cierto, y en el estado físico y jurídico que el adquirente conocerá, con renuncia expresa por parte del adquirente del saneamiento por evicción por vicios y gravámenes ocultos.

Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentre el bien objeto de subasta desde el momento de su intervención en el proceso de venta pública, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.

6.-Los gastos e impuestos derivados de la venta serán satisfechos con arreglo a Ley.

El débito que pueda existir por el concepto de IBI, será satisfecho por el adjudicatario, en la parte que legalmente corresponda. Asimismo, el débito expresado que existe de la Comunidad de Propietarios será igualmente satisfecho por la parte adjudicataria en la parte que legalmente le corresponda.

Los gastos derivados por el otorgamiento del acta, serán cargo de la masa activa del concurso .

7.- No se exigirá la prestación de garantías o depósitos para la intervención en la subasta, con el fin de conseguir la máxima concurrencia de interesados.

La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios ofertantes en la página web a través de la que se realice la subasta, será plenamente válida y eficaz a los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario posteriores tanto realizados por la entidad especializada designada como por la Administración Concursal hasta la conclusión del concurso.

8.- Tras la finalización de la subasta en el día y hora indicados, y a continuación de la misma, el Notario dejará constancia de la mejor postura telemática que hubiera resultado vencedora, así como, por orden decreciente de importe y cronológico en el caso de ser este idéntico, de todas las demás que hubieran optado por la reserva de postura.

Si la subasta quedare desierta o la mejor postura no cubre el privilegio garantizado, se dará traslado por 30 días al acreedor con privilegio especial para que manifieste si presenta mejor postura de tercero o dación en pago a su favor. Si no existe dicha mejora y el importe obtenido en la realización del bien no cubre el importe del crédito con privilegio especial, se procederá a la venta siempre que cumpla el mínimo establecido en el plan y el crédito restante se reconocerá en el concurso como crédito ordinario.

A los efectos anteriores, se extenderán las correspondientes diligencias en las que se harán constar los aspectos de trascendencia jurídica; las reclamaciones que se hubieren presentado y la reserva de los derechos correspondientes ante los Tribunales de Justicia, en su caso; la identidad del mejor postor y el precio ofrecido por él, las posturas que siguen a la mejor y la identidad de los postores; el juicio de que en la subasta se han observado las normas legales que la regulan, así como la adjudicación de los bienes o derechos subastados.

Si no concurriere ningún postor, así lo haré constar, declararé desierta la subasta y acordaré el cierre del expediente.

9.- El que resulte adjudicatario de la subasta, a excepción del acreedor con privilegio especial que no vendrá obligado a ello, deberá consignar en el plazo de los tres días hábiles siguientes el 25 por ciento del precio por el que se haya adjudicado, previa comunicación que le será remitida por mí a la dirección de correo electrónica acreditada a tal efecto, en la cuenta bancaria restringida titularidad del Notario autorizante del acta, con nº de Iban ES82 0081 0145 0100 0407 6714. El resto deberá ser entregado en el momento del otorgamiento de la escritura, que a su vez deberá ser otorgada dentro de los diez días hábiles siguientes desde la conclusión de la subasta en la notaría que el cliente designe de las existentes en la ciudad de Valencia.

Si transcurrido el plazo de tres días hábiles, el cliente no hubiere consignado en la cuenta antes citada, en las tres primeras horas siguientes a la adjudicación provisional, pasará al siguiente licitador cuyo importe haya cubierto el mínimo de licitación estipulado. Y así sucesivamente hasta que resulte un adjudicatario definitivo.

Si una vez consignada la cantidad en la forma antes vista el adjudicatario no concurriera al otorgamiento de la escritura, con el abono del resto del precio, o concurriendo no aportara la total cantidad, perderá el depósito realizado y cualquier derecho sobre lo subastado. Y se procederá en la forma vista en el párrafo anterior.

10.- En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la venta pública si el resultado de la subasta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. En ningún caso se podrá desistir si el precio obtenido fuese superior al valor previsto a efectos de liquidación en el plan de liquidación.

Historia de la Subasta

La subasta ha finalizado

El mejor postor fue: Francisco

Fecha Pujar Usuario Auto
9 de febrero de 2024 11:59 10.603,00Francisco
9 de febrero de 2024 11:59 10.602,00Francisco
9 de febrero de 2024 11:59 10.601,00Maria
9 de febrero de 2024 11:58 10.505,00Francisco
9 de febrero de 2024 11:55 10.504,00Francisco
9 de febrero de 2024 11:54 10.503,00Francisco
9 de febrero de 2024 11:53 10.502,00Francisco
7 de febrero de 2024 17:08 10.501,00Francisco
7 de febrero de 2024 17:03 10.500,00Francisco
7 de febrero de 2024 12:00La subasta comenzó
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