PARTICIPACIONES SOCIALES DE LA MERCANTIL INSEVAL, S.L.

Subasta Finalizada

Categoría:

Condición del artículo: Nuevo

Subasta del pleno dominio de MIL CIEN PARTICIPACIONES SOCIALES, LAS NÚMEROS 1 al 1.100, ambos inclusive, de la compañía mercantil de nacionalidad española, de responsabilidad limitada, denominada «INSEVAL, S.L.». Domiciliada en 46021 Valencia, calle Leandro de Saralegui, número 9. Su N.I.F. es el número B96594999. Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 5675, libro 2982, folio 18, hoja número V-51802, inscripción 1ª. Tiene por objeto social: estudios, proyectos, instalaciones, montajes, reparaciones, mantenimiento, revisiones y verificaciones de toda clase de instalaciones eléctricas de baja y alta tensión; ascensores, elevadores, montacargas, escaleras mecánicas, instalaciones de frío y calor, climatización, instalaciones neumáticas e hidráulicas; instalaciones de gas; instalaciones de telefonía, telecomunicación, videoconferencia, radiofrecuencia y audiofrecuencia; instalaciones informáticas; maquinaria industrial, y en general el mantenimiento integral de todo tipo de instalaciones, industrias, edificios y vías públicas. También podrá dedicarse al desarrollo, fabricación, comercialización, importación y exportación de todo tipo de elementos constituyentes de dichas instalaciones, así como de instrumentación, aparellaje, utensilios y todo tipo de elementos afines a las mismas; asimismo, podrá dedicarse a la docencia y formación de personal ajeno a la empresa, así como a la edición de documentación en cualquier disciplina relacionada con las actividades descritas anteriormente.

La sociedad está inactiva fiscalmente desde el día 30 de junio de 2014, con una base imponible en el Impuesto sobre Sociedades de 2013 negativa de 266.530,23€.

Se hace constar expresamente que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º, punto 4 que, «En caso de transmisión forzosa de participaciones sociales, los socios y la sociedad podrán ejercitar el derecho de adquisición preferente de tales participaciones en los términos previstos en el artículo 31 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.».

Las condiciones de la subasta son las siguientes:

  • Venta directa a través de persona o entidad especializada, en los términos prevenidos en el artículo 15 del Real Decreto-Ley 16/2020, en relación con lo prevenido en el artículo 216 del Texto Refundido de la Ley Concursal.
  • La subasta será electrónica, y se llevará a cabo en el portal de subastas electrónico de mi Notaría www.notariacesarbelda.com, cuya titularidad me pertenece a mí, el Notario autorizante.
  • La subasta comenzará a las 12:00 horas del día 21 de octubre de 2021, y finalizará a las 18:00 horas del día 21 de noviembre de 2021, respectivamente.
  • La Administración Concursal procederá a publicar la venta de los inmuebles en el Registro Público Concursal.
  • Para poder participar en la subasta, el ofertante deberá de registrarse previamente en el portal de subastas electrónico www.notariacesarbelda.com, informando todos y cada unos de los datos que le serán solicitados en el procedimiento de registro.
  • Una vez abierta la subasta solamente se podrán realizar pujas electrónicas durante el plazo de duración de la misma, antes indicado.
  • Sólo se admitirán ofertas que cubran o superen el 50% del valor actual del bien al tiempo de la presentación de ofertas. El valor actual del bien queda fijado en la cantidad de CUATRO EUROS Y SIETE CÉNTIMOS (4,07 €).
  • El precio será libre, siempre y cuando se respete el límite del 50% visto, es decir, 2,035 EUROS, quedando facultado el Administrador Concursal para enajenar los bienes a la mejor y mayor oferta que se haya recibido, sin quedar sujeta a fijación de precio o límite alguno del mismo.
  • Tras la finalización de la subasta en el día y hora indicados, y a continuación de la misma, yo, el Notario, dejaré constancia de la postura telemática que hubiera resultado vencedora, así como, por orden decreciente de importe y cronológico en el caso de ser este idéntico, de todas las demás que hubieran optado por la reserva de postura.
  • A tal efecto, extenderé la correspondiente diligencia en la que haré constar los aspectos de trascendencia jurídica; las reclamaciones que se hubieren presentado y la reserva de los derechos correspondientes ante los Tribunales de Justicia, en su caso; la identidad del mejor postor y el precio ofrecido por él, las posturas que siguen a la mejor y la identidad de los postores; el juicio de que en la subasta se han observado las normas legales que la regulan, así como la adjudicación de los bienes o derechos subastados por el requirente. La diligencia será extendida en la presente acta permaneciendo en todo momento reservados los datos personales tanto del adjudicatario como de los distintos postores.
  • Yo, el Notario, seguidamente cerraré la presente acta, haciendo constar en ella que la subasta ha quedado concluida y los bienes adjudicados.
  • Si no concurriere ningún postor, así lo haré constar, declararé desierta la subasta y acordaré el cierre del expediente.
  • El que resulte adjudicatario de la subasta deberá consignar en el plazo de los tres días siguientes el 25 por ciento del precio por el que se haya adjudicado. El resto deberá ser entregado en el momento del otorgamiento de la escritura, que deberá ser otorgada dentro de los 7 días siguientes desde la conclusión de la subasta en la notaría que el cliente designe de la existentes en la ciudad de Valencia.
  • Los gastos de notaría, registro e impuestos deberán ser satisfechos por el adjudicatario.
  • Si transcurrido el plazo de 3 días el cliente no hubiere consignado en la cuenta de la Administración concursal que se facilitará a la dirección de correo electrónico que habrá identificado el adjudicatario, en las tres primeras horas siguientes a la adjudicación provisional, pasará al siguiente licitador cuyo importe haya cubierto el mínimo de licitación estipulado. Y así sucesivamente hasta que resulte un adjudicatario definitivo.
  • Si una vez consignada la cantidad en la forma antes vista el adjudicatario no concurriera al otorgamiento de la escritura, con el abono del resto del precio, o concurriendo no aportara la total cantidad perderá el depósito realizado y cualquier derecho sobre el inmueble. Y se procederá en la forma vista en el párrafo anterior.

Historia de la Subasta

La subasta ha finalizado

Subasta fallida porque no ha habido pujas
21 de octubre de 2021 12:00La subasta comenzó
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