Proindiviso Garaje en Valencia, Calle de Xàtiva nº 1

Subasta Finalizada

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Condición del artículo: Usado

Subasta del proindiviso del garaje sito en Valencia, Calle de Xàtiva nº 1. Es objeto de la presente subasta:

LA NUDA PROPIEDAD DE UNA SEXTA PARTE INDIVISA DE:

URBANA.- UNA CIENTO QUINCE AVA PARTE INDIVISA, parte del LOCAL UNO-BIS, gran sótano destinado a garaje, del edificio en Valencia, Calle de Xàtiva, número uno.

La citada cuota forma parte de un gran sótano destinado a garaje sin compartimentación, susceptible de subdivisión y unión por escaleras interiores, a los locales de negocio en planta baja que le sobreponen, con una extensión superficial de mil setecientos veinticuatro metros y cuarenta y ocho decímetros cuadrados (1.724,48 m²). Con acceso en rampa por el chaflán del edificio entre las Calles Arzobispo Mayoral y Cobertizo de San Pablo, acceso que tiene la consideración de elemento exclusivo para este sótano. Linda: frente, parte con la Calle de Xàtiva, y parte con el sótano descrito bajo el ordinal uno; derecha mirando desde la Calle Xàtiva, parte con dicho sótano y parte con la Calle Arzobispo Mayoral; izquierda, Plaza de San Agustín; y fondo, Calle Cobertizo de San Pablo.

Dentro de este sótano garaje se encuentra enclavada la zona destinada a servicios comunes del edificio con acceso independiente por escalera propia y ascensores.

Tiene una cuota de participación con relación al valor del inmueble de tres centésimas noventa mil cien milésimas partes de otra centésimas (3,90%).

Forma parte integrante del edificio sito en Valencia, Calle Xàtiva, número uno, y es una de las dos fincas resultantes de la división material del local en planta de sótano, que resultó de la división horizontal del edificio.

VALOR DEL BIEN A EFECTOS DE SUBASTA.-DIEZ MIL EUROS (10.000,00 €).

INSCRIPCIÓN.- Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Valencia Nº 3, al tomo 1.165, libro 90, folio 159, finca número 3.968/5 de la Sección de San Vicente, inscripción 1ª.

C.R.U.: 46025000154708.

ARRENDAMIENTOS.- Libre de arrendatarios y de ocupantes.

CARGAS.- Registralmente, el bien descrito está gravado con determinadas afecciones fiscales, y con una anotación preventiva de embargo a favor de la SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA DE LA COMUNITAT VALENCIANA, letra A, prorrogada por la anotación letra B, por DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO EUROS Y TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (18.225,35) de principal.

Trae causa de la presente subasta, el acta de subasta autorizada por el Notario de Valencia, D. César Belda Casanova, el día 15 de septiembre de 2022, con el nº 1.718 de orden de su protocolo.

Las condiciones de la subasta establecidas en el acta son las siguientes:

1.- La subasta será electrónica, y se llevará a cabo en el portal de subastas electrónico de la Notaría, identificado como www.notariacesarbelda.com, cuya titularidad me pertenece al Notario autorizante del acta.

2.- La subasta comenzará a las 12:00 horas del día 19 de septiembre de 2022, y finalizará a las 18:00 horas del día 19 de octubre de 2022, respectivamente.

3.- Para poder participar en la subasta, el ofertante deberá de registrarse previamente en el portal de subastas electrónico citado, www.notariacesarbelda.com, informando todos y cada uno de los datos que le serán solicitados en el procedimiento de registro.

4.- Una vez abierta la subasta solamente se podrán realizar pujas electrónicas durante el plazo de duración de la misma, antes indicado.

Sólo se admitirán ofertas que cubran o superen el 50% del valor actual del bien (10.000€) al tiempo de la presentación de ofertas.

El precio será libre, siempre y cuando se respete el límite del 50% visto, quedando facultado el Administrador Concursal para enajenar los bienes a la mejor y mayor oferta que se haya recibido, sin quedar sujeta a fijación de precio o límite alguno del mismo.

5.- Tras la finalización de la subasta en el día y hora indicados, y a continuación de la misma, el Notario dejará constancia de la postura telemática que hubiera resultado vencedora, así como, por orden decreciente de importe y cronológico en el caso de ser este idéntico, de todas las demás que hubieran optado por la reserva de postura.

A tal efecto, se extenderá la correspondiente diligencia en la que se harán constar los aspectos de trascendencia jurídica; las reclamaciones que se hubieren presentado y la reserva de los derechos correspondientes ante los Tribunales de Justicia, en su caso; la identidad del mejor postor y el precio ofrecido por él, las posturas que siguen a la mejor y la identidad de los postores; el juicio de que en la subasta se han observado las normas legales que la regulan, así como la adjudicación de los bienes o derechos subastados por el requirente.

Si no concurriere ningún postor, así lo haré constar, se declarará desierta la subasta y acordaré el cierre del expediente.

El que resulte adjudicatario de la subasta deberá consignar en el plazo de los tres días siguientes el 25 por ciento del precio por el que se haya adjudicado. El resto deberá ser entregado en el momento del otorgamiento de la escritura, que deberá ser otorgada dentro de los 7 días siguientes desde la conclusión de la subasta en la notaría que el cliente designe de la existentes en la ciudad de Valencia.

Los gastos de notaría, registro e impuestos deberán ser satisfechos por el adjudicatario. El Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos será de cuenta de la parte transmitente.

Los gastos derivados de la presente acta serán satisfechos por quien resulte adjudicatario.

El inmueble se adquirirá por quien resulte adjudicatario libre de cargas, gravámenes y ocupantes, como cuerpo cierto, y en el estado físico y jurídico que el adquirente conocerá, con renuncia expresa por parte del adquirente del saneamiento por evicción por vicios y gravámenes ocultos.

Si transcurrido el plazo de 3 días el cliente no hubiere consignado en la cuenta de la Administración concursal que se facilitará a la dirección de correo electrónico que habrá identificado el adjudicatario, en las tres primeras horas siguientes a la adjudicación provisional, pasará al siguiente licitador cuyo importe haya cubierto el mínimo de licitación estipulado. Y así sucesivamente hasta que resulte un adjudicatario definitivo.

Si una vez consignada la cantidad en la forma antes vista el adjudicatario no concurriera al otorgamiento de la escritura, con el abono del resto del precio, o concurriendo no aportara la total cantidad perderá el depósito realizado y cualquier derecho sobre el inmueble. Y se procederá en la forma vista en el párrafo anterior.

Historia de la Subasta

La subasta ha finalizado

Subasta fallida porque no ha habido pujas
19 de septiembre de 2022 12:00La subasta comenzó
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